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Régimen jurídico para la prevención y el control del dopaje en el deporte Artículo 31 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Régimen jurídico para la prevención y el control del dopaje en el deporte Nacional
Artículo 31. Derecho a una reducción de la sanción con arreglo a más de una causal

En el caso de que un atleta u otra persona demuestre su derecho a una reducción de la sanción en virtud de lo dispuesto en los artículos 27 al 30 del presente régimen, previamente a la aplicación de cualquier reducción o suspensión en virtud de lo dispuesto en los artículos 29 y 30, el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje o el Tribunal Arbitral Antidopaje deben determinar cuál de las sanciones básicas descritas en los artículos 24, 25, 27 y 28 se aplica a esa infracción concreta. Si el atleta o la otra persona demuestran su derecho a una reducción o a la suspensión del período de suspensión conforme a los artículos 29 y 30, el período de sanción puede ser reducido o suspendido, pero no por un término menor a la cuarta (1/4) parte del período de suspensión que podría haberse aplicado de otro modo.



Nacional Artículo 31 Régimen jurídico para la prevención y el control del dopaje en el deporte
Artículo 1 ...29 30 31 32 33 ...115

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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