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Régimen integral para eventos futbolisticos Artículo 34 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Régimen integral para eventos futbolisticos Ciudad de Buenos Aires
Artículo 34. CLAUSURA PREVENTIVA

La autoridad competente podrá disponer la clausura preventiva, total o parcial, por razones de seguridad, por un plazo determinado o hasta tanto cese el motivo por el que se dispone la medida, de los estadios comprendidos en la presente Ley, cuando compruebe que los mismos no ofrezcan seguridad para la vida o integridad física de los concurrentes, o para el desarrollo normal del evento futbolístico; bien sea por deficiencias en las instalaciones y/o en los sistemas de emisión de los boletos de ingresos y/o por fallas de organización para el control o vigilancia, o en cualquiera de los enunciados de esta Ley que impidan la normal prestación de los servicios de seguridad y/o planificación preventiva del operativo de seguridad del evento.



Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 34 Régimen integral para eventos futbolisticos
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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