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Régimen integral para eventos futbolisticos Artículo 18 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Régimen integral para eventos futbolisticos Ciudad de Buenos Aires
Artículo 18. ESTRUCTURA DEL ORGANIZADOR PARA LA SEGURIDAD (EOS)

Todo organizador de un evento futbolístico, deberá contar con un conjunto de recursos humanos que cumplan tareas tendientes al bienestar y la seguridad de los concurrentes, protagonistas y trabajadores en un evento futbolístico, siguiendo directivas y disposiciones adoptadas por el responsable de seguridad del organizador, conforme lo dispuesto por la presente ley.

La EOS comprende tanto al personal propio abocado a tareas auxiliares o contributivas a la seguridad, como al personal de las empresas de seguridad privada especialmente contratadas para la prestación de servicios de seguridad y habilitados conforme la legislación vigente en la CABA, como al personal de la Policía de la Ciudad, contratado por servicio de policía complementaria, para prestar servicios de vigilancia y prevención puertas adentro del Estadio y sus dependencias



Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 18 Régimen integral para eventos futbolisticos
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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