Imprimir

Régimen de tránsito y seguridad vial Artículo 5 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Régimen de tránsito y seguridad vial Chaco
Artículo 5.

Son funciones del Consejo de Seguridad Vial:

a) Asesorar al Poder Ejecutivo Provincial en todo lo concerniente al tránsito, la educación y la seguridad vial;

b) coordinar acciones con instituciones públicas y privadas, entidades intermedias y la comunidad en general, para la prevención de accidentes de tránsito;

c) promover la formación teórico-práctica necesaria para generar conductas responsables en el uso de vehículos y de la vía pública a través de la educación vial, de la capacitación de técnicos y funcionarios mediante medios idóneos y de la difusión de comportamientos conducentes a respetar las disposiciones de la presente ley;

d) evaluar permanentemente la efectividad de las normas técnicas y legales, propiciando su modificación cuando el análisis de las mismas así lo aconseje;

e) propender en el seno del Consejo Federal de Seguridad Vial, a través de los representantes provinciales a la unicidad normativa y su actualización, la uniformidad en su aplicación práctica y la armonización de las acciones interjurisdiccionales, impulsando la materialización de las conclusiones;

f) fomentar y desarrollar la investigación accidentológica en la Provincia, analizando y evaluando los datos estadísticos recopilados por el Registro de Antecedentes de Tránsito y promoviendo la adopción de aquellas disposiciones que sean necesarias;

g) mantener actualizado el Sistema Uniforme de Señalización, promover su aplicación y controlar su cumplimiento;

h) sugerir las acciones legales y administrativas que se consideren necesarias, en caso de infracciones al artículo 9, inciso e) de la ley nacional 24.449.



Provincia del Chaco Artículo 5 Régimen de tránsito y seguridad vial
Artículo 1 ...3 4 5 6 7 ...22

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse