Promoción y Fomento del Uso de la Bicicleta Artículo 12 Provincia de Córdoba
Promoción y Fomento del Uso de la Bicicleta Córdoba
Artículo 12.
Incorpórase como inciso l) del artículo 40 de la Ley Provincial de Tránsito No 8560, Texto Ordenado 2004 y sus modificatorias, el siguiente:
"l) Que tratándose de una bicicleta, su conductor reúna las siguientes condiciones:
1) Utilice indumentaria de colores visibles y/o refractivos;
2) Lleve puesto casco, 3) Utilice anteojos de protección;
4) No transporte acompañantes al circular sobre la calzada de rutas o autovías, y 5) Conduzca sin fumar ni utilizar teléfonos móviles o auriculares conectados a equipos receptores o reproductores de sonido."
Provincia de Córdoba Artículo 12 Promoción y Fomento del Uso de la Bicicleta
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios