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Promoción y Fomento del Uso de la Bicicleta Artículo 1 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Promoción y Fomento del Uso de la Bicicleta Córdoba
Artículo 1.

La presente Ley tiene por objeto promover, fomentar, proteger y regular el uso de la bicicleta como medio de transporte alternativo y no contaminante en todo el territorio de la Provincia de Córdoba, estableciendo los principios, requerimientos y objetivos que permitan generar las condiciones necesarias para la plena integración de ese vehículo al sistema vial provincial -urbano y rural- mediante políticas públicas en los campos de la educación, la salud, el medio ambiente, el desarrollo social y la sociedad civil, garantizando una plena participación ciudadana en todas las etapas de este proceso, como así también establecer las formas, condiciones y lineamientos para su uso y promoción.



Provincia de Córdoba Artículo 1 Promoción y Fomento del Uso de la Bicicleta
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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