Prohibición del cobro de plus, adicionales o complementos monetarios por servicios del arte de curar y ramas anexas (Prohibición del cobro de plus, adicionales o complementos monetarios por servicios del arte de curar) Provincia de Santa Fe
Prohibición del cobro de plus, adicionales o complementos monetarios por servicios del arte de curar y ramas anexas Provincia de Santa Fe
- Artículo 1. Prohibición del cobro de "plus"
- Artículo 2. Autoridad de Aplicación
- Artículo 3. Investigación de los actos prohibidos
- Artículo 4. Inspectores
- Artículo 5. Acta de infracción. Plazo para el descargo
- Artículo 6. Dentro del plazo de noventa (90) días corridos contados a partir de la...
- Artículo 7. Sanciones
- Artículo 8. Otros medios de prueba
- Artículo 9. La autoridad de aplicación podrá conformar un Cuerpo de Inspectores a fin de...
- Artículo 10. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo de noventa (90)...
- Artículo 11. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Apruébase el convenio para la realización de actividades conjuntas de cooperación tecnológica y académica Aprobación del Convenio Marco de Colaboración, celebrado entre el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe y la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales Se otroga en comodato una propiedad de la Gobernacion de la Provincia de Santa Fe para uso municipal Festival de Teatro del Norte Santafesino Donación a la Municipalidad de la ciudad de Tostado, departamento 9 de Julio, un determinado inmuebleMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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