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Presupuesto General de la Administración Provincial para el ejercicio 2016 Artículo 34 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Presupuesto General de la Administración Provincial para el ejercicio 2016 La Pampa
Artículo 34.

Sustitúyase el punto a) del acápite 5 del inciso a) del artículo 26 de la Ley 2886 - Impositiva Año 2016-, por el siguiente:

" a) Por la inscripción de vehículos 0 km. en padrones fiscales, sobre la valuación establecida por el artículo 254 del Código Fiscal (t.o.2015), el tres por ciento........... 3 %.- Cuando las unidades sean adquiridas a vendedores que acrediten su inscripción en el Registro Especial de Comerciantes Habitualistas que lleva la Dirección General de Rentas, la alícuota quedará reducida al uno por ciento..................................... .............................................................................. 1 %.- Además podrá ser tomada por el Comerciante Habitualista como pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que deba tributar por estas operaciones, no pudiendo generar en ningún caso saldo a favor del mismo."



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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