Presupuesto de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires pa Artículo 11 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Presupuesto de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2024 Ciudad de Buenos Aires
Artículo 11.
Se faculta al Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 85 y 88 de la Ley 70 (texto consolidado por Ley 6588), a realizar por intermedio del Ministerio de Hacienda y Finanzas, operaciones de crédito público por los montos, destino del financiamiento y demás especificaciones que se indican en la Planilla Anexa Nº 43.Asimismo, podrá efectuar modificaciones en la mencionada planilla a los efectos de adecuarla a las condiciones imperantes en los mercados financieros o para mejorar el perfil de la deuda pública sin exceder el monto total de las fuentes financieras autorizado por el artículo 4º de la presente Ley.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 11 Presupuesto de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2024
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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