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Marco regulatorio de la actividad de los agentes sanitarios Artículo 4 Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Marco regulatorio de la actividad de los agentes sanitarios Neuquén
Artículo 4.

Las misiones de los agentes sanitarios son las siguientes:

a) Instrumentar estrategias de atención primaria de la salud realizando, para ello, acciones de prevención, promoción, protección y recuperación de la salud.

b) Trabajar con la comunidad en un sector determinado, con un enfoque integral y criterio de riesgo según el nivel de atención en que se integre, las características locales, el tipo de población y sus factores socioeconómicos y culturales.

c) Realizar su tarea con una visión holística integrando y valorando las circunstancias en que las personas nacen, viven, trabajan y se desenvuelven, y desarrollando una visión crítica de ellas.

d) Implicarse en la mejora de las condiciones locales que favorecen el acceso a la salud con criterios de equidad.

e) Identificar las acciones que puedan llevar a la construcción de nuevos modelos de desarrollo humano y social sustentable.

f) Promover condiciones armónicas para el mejoramiento de las personas e instituciones velando su bienestar de sus condiciones biofísicas, mentales, sociales, espirituales y ambientales.



Provincia del Neuquén Artículo 4 Marco regulatorio de la actividad de los agentes sanitarios
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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