Imprimir

Ley Impositiva- Ejercicio Fiscal 2019 Artículo 31 Provincia de Catamarca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Impositiva- Ejercicio Fiscal 2019 Catamarca
Artículo 31.

Por los servicios que preste la Administración General de Catastro se abonarán las siguientes tasas:

a) Por emisión de Certificado de Única Propiedad para eximición de Impuesto Inmobiliario y/o Tasas Municipales. Pensiones contributivas. 10 U.T.

b) Por emisión de Certificados Catastrales: 40 U.T.

c) Por emisión de informes para Inscripción o Reinscripción de Títulos: 30 U.T.

d) Se adicionarán 10 U.T. por cada inmueble contenido en el título a informar.

e) Por emisión de Informe de Estado Parcelario: 40 U.T. Cantidad de inmuebles a informar: 1 (uno). Se adicionarán 10 U.T. por cada parcela excedente.

f) Avalúos fiscales:

1. Por emisión de informe de Avalúo Fiscal. 1 a 5 parcelas - 30 U.T.

2. Por emisión de informe de Avalúo Fiscal. 6 a 10 parcelas - 36 U.T.

3. Por emisión de informe de Avalúo Fiscal. 11 a 20 parcelas - 40 U.T.

4. Por emisión de informe de Avalúo Fiscal. 21 parcelas o más - 40 U.T. más 5 U.T. por cada parcela excedente.

5. Por emisión de volante de Valuación Fiscal - 6 U.T.

6. Por solicitud de inspección para reconsideración de valuación y/o verificación de mejoras - 40 U.T.

g) Por solicitud de visado de Plano de Obra: 50 U.T. Se adicionará 2 U.T. por plano a visar.

h) Copia de Registro Gráfico o Plano Manzanero, por unidad - 20 U.T.

Se adicionarán 10 U.T. por cada copia posterior.

i) Por solicitud de copia de Plano de Mensura - Incluye Resolución-: 20 U.T. Se adicionarán 10 U.T.

por copias posteriores de cada plano y resolución.

j) Por solicitud de Registro Definitivo de Plano de Mensura para Prescripción Adquisitiva - Propiedad Horizontal - Anexamiento - Inscripción/Reinscripción de Título: 80 U.T.

k) Por solicitud de registración de Planos de Mensura: 50 U.T. más 2 U.T. por foja. Se adicionará de acuerdo a la cantidad de parcelas resultantes los siguientes valores:

1. De 1 a 5 parcelas: 20 U.T. por cada fracción 2. De 6 a 10 parcelas: 16 U.T. por cada fracción 3. De 11 a 20 parcelas: 16 U.T. por cada fracción 4. De 21 parcelas o más: 10 U.T. por cada fracción 5. Por fotocopia simple, por unidad, de legajo parcelario: 16 U.T. Se adicionarán 10 U.T. por cada copia posterior.

l) Por solicitud de copia en soporte papel de:

fotogramas, planos, cartas topográficas y trabajos topográficos del Organismo: 40 U.T.

m) Por provisión de mapas en formato digital:

1. Departamento Capital -Zona Urbana-: 100 U.T.

2. Cabeceras departamentales: 40 U.T.

n) Rurales: 40 U.T.

Los trabajos de digitalización u otros de características similares no contemplados precedentemente que le fueran requeridos a la Administración General de Catastro, serán cotizados especialmente, aplicando a tales efectos, los criterios vigentes en el mercado.

Provincia de Catamarca Artículo 31 Ley Impositiva- Ejercicio Fiscal 2019
Artículo 1 ...29 30 31 32 33 ...57

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse