Ley del servicio penitenciario provincial Artículo 43 Provincia de Mendoza
Ley del servicio penitenciario provincial Mendoza
Artículo 43.
El personal penitenciario podrá hallarse en alguna de las siguientes situaciones de revista: Servicio Efectivo.
Disponibilidad. Pasiva. Retiro.
Provincia de Mendoza Artículo 43 Ley del servicio penitenciario provincial
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Base de Datos de información contra Incendios Ciudad de Buenos Aires Artículo 10. Extinción de de pleno derecho todas las suspensiones, sanciones Chubut Artículo 6. Ministerio de bienestar social y educacion - profesiones - Colegios profesionales Misiones Artículo 8. Obligaciones y Procedimientos para Permisionarios y Concesionarios de Áreas Hidrocarburíberas y Productores Mineros Salta Artículo 5. Establecer la obligación de exhibir carteles explicativos sobre cómo efectuar la Maniobra de Heimlich Buenos Aires Artículo 7.Publique la información de sí mismo
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