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Ley de Protección Integral e Igualdad de Oportunidades y Equidad de Género Artículo 54 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de Protección Integral e Igualdad de Oportunidades y Equidad de Género Chubut
Artículo 54. Otros informes

La autoridad jurisdiccional interviniente está facultada para requerir de Oficio:

1) Informes a organismos públicos o privados. A tal fin podrán ser remitidos mediante el correo electrónico institucional conforme los convenios suscriptos con los diferentes organismos.

2) Solicitar los antecedentes judiciales y/o policiales si los hubiere.

3) Considerar los informes que ya se hayan elaborado con anterioridad por los Equipos Técnicos respecto al proceso de Violencia en trámite, evitando producir nuevos informes que revictimícen las personas sujetas de protección o causen dilaciones procesales. Podrán ser tenidos en cuenta los informes de profesionales de organizaciones de la sociedad civil idóneas en el tratamiento de la violencia.

4) El presente artículo es enunciativo y no taxativo.



Provincia del Chubut Artículo 54 Ley de Protección Integral e Igualdad de Oportunidades y Equidad de Género
Artículo 1 ...52 53 54 55 56 ...65

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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