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Ley de Movilidad Provincial Artículo 29 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de Movilidad Provincial Mendoza
Artículo 29. MARCA IDENTITARIA DEL SISTEMA DE MOVILIDAD DEL ÁREA METROPOLITANA DEL GRAN MENDOZA (AMGM)

La prestación del servicio público de transporte de pasajeros regular se encuentra enmarcada en el sistema de movilidad metropolitano y sujeta a la unificación de dicho sistema a través de la marca MendoTRAN identitaria del servicio en todo el área metropolitana del Gran Mendoza. La sujeción a esta marca es aplicable a la prestación que realice el Estado en forma directa, por delegación a través de concesión a particulares, o mediante la empresa de capital estatal STM-SAUPE.

Las empresas concesionarias deberán cumplir estrictamente con los parámetros establecidos en el manual de imagen y legibilidad de la marca MendoTRAN que como Anexo se aprueba en la presente Ley.



Provincia de Mendoza Artículo 29 Ley de Movilidad Provincial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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