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Ley de Contabilidad y Organización de Contaduría General y Tesorería Artículo 6 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley de Contabilidad y Organización de Contaduría General y Tesorería La Pampa
Artículo 6.

En el anexo correspondiente a la gobernación de la Provincia se autorizará una partida de "fondo de emergencia" destinada a solventar las erogaciones extraordinarias e imprevistas que deban satisfacer las autoridades respectivas.

Su monto será entregado por la Tesorería General de la Provincia e ingresado en cuenta bancaria independiente, a la orden de la o las autoridades que correspondan.

Su inversión, ordenada por la autoridad competente, se hará previa transferencia de la suma necesaria a la respectiva tesorería, la cual rendirá cuenta documentada de los fondos invertidos, en la forma corriente.

Los fondos de emergencia, una vez entregados a la autoridad competente, tienen el carácter de erogación firme para el ejercicio, y al consignarse anualmente los créditos por este concepto se mencionará en su leyenda el monto acumulado y no invertido.

Provincia de La Pampa Artículo 6 Ley de Contabilidad y Organización de Contaduría General y Tesorería. General de la Provincia
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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