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Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable Artículo 157 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable Santa Fe
Artículo 157. Modificación de dominios

El Registro General de la Propiedad comunicará a la Autoridad de Aplicación todo acto que modifique el dominio de los inmuebles afectados por un derecho de uso del agua pública. La inscripción en el Registro que no se ajuste fielmente al contenido de la resolución en virtud de la cual se confirió el derecho de uso del agua pública no crea derecho alguno.

La rectificación de errores en la inscripción que no se ajuste fielmente al título de concesión será hecha de oficio o a petición de parte por la Autoridad de Aplicación con vista a los interesados. La iniciación del trámite se anotará como asiento marginal en el registro que corresponda.

Previo a la emisión de certificado catastral o de la inscripción del plano de mensura de un inmueble, el Servicio de Catastro e Información Territorial deberá verificar la presencia de un curso de agua u obras hidráulicas. En caso afirmativo, deberá dar intervención a la Autoridad de Aplicación.



Provincia de Santa Fe Artículo 157 Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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