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Ley Arancelaria que regula el ejercicio de la profesión de abogados y procuradores Artículo 45 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley Arancelaria que regula el ejercicio de la profesión de abogados y procuradores Buenos Aires
Artículo 45.

En los juicios de divorcio el monto de la regulación no podrá ser inferior al que se determina en el artículo 9º, capítulo I, inciso 1, apartado a).

En la liquidación de sociedad conyugal o cese de unión convivencial que se ventile por juicio sumario u ordinario, se tendrá en cuenta el valor de los bienes que la integran, y de acuerdo a la cuotaparte que le fuera adjudicada por sentencia.

En este caso se aplicará la escala del artículo 21 y en el supuesto que tramitara por vía incidental, se tendrá en cuenta la pauta establecida en el artículo 47 de la ley.

Si la liquidación se efectuare por convenio con acuerdo de partes y el mismo es sujeto a homologación judicial, la reducción se establece en un sesenta (60) por ciento, de la escala del artículo 21. Si el convenio es de carácter privado para ser cumplido en forma extrajudicial, los honorarios se reducirán en un setenta y cinco (75) por ciento de la misma escala, sobre el monto que se adjudica cada parte.



Provincia de Buenos Aires Artículo 45 Ley Arancelaria que regula el ejercicio de la profesión de abogados y procuradores
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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