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La mediación como instancia prejudicial para la resolución de conflictos Artículo 25 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

La mediación como instancia prejudicial para la resolución de conflictos Córdoba
Artículo 25. Solicitud de mediar sin gastos

La solicitud de mediar sin gastos debe ser presentada por la parte interesada ante el Centro Judicial de Mediación antes de la realización de la primera reunión. La misma debe contener los requisitos y acompañar la documentación que a tales fines reglamente el Tribunal Superior de Justicia, sin desnaturalizar el principio de celeridad que rige el proceso.

El Centro Judicial de Mediación debe remitir, en un plazo de tres (3) días hábiles, las actuaciones al Asesor Legal de la Administración General del Poder Judicial, quien debe expedirse dentro de los cinco (5) días hábiles de recibidas. El Centro Judicial de Mediación, una vez contestada, debe resolver el otorgamiento dentro de los cinco (5) días hábiles y, en caso de apartarse del dictamen, debe hacerlo en forma fundada.

La negativa es recurrible por ante el Tribunal de Primera Instancia que resulte competente en función de la materia. El recurso debe interponerse en el plazo de tres (3) días hábiles de notificada la negativa, en forma fundada y con la prueba de que pretenda valerse el impugnante. La interposición del recurso no suspende el proceso de mediación.

El Centro Judicial de Mediación puede decidir la derivación a centros públicos o privados habilitados que posean programas gratuitos de mediación, conforme a la reglamentación.

En las mediaciones realizadas por derivación de un Juez en causas en que una de las partes haya obtenido el beneficio de litigar sin gastos o estuviere tramitándolo, la mediación es gratuita para quien solicitó el beneficio.

La gratuidad cesará en el supuesto en que la mediación concluya con un acuerdo de contenido económico, en cuyo caso deben afrontarse los costos correspondientes.

En los casos de mediación penal, el proceso de mediación es gratuito y sus costos están a cargo del Centro Judicial de Mediación o del organismo que establezca la reglamentación, salvo que la mediación involucre la reparación civil de contenido patrimonial.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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