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Dirección de Obra Social del Estado Provincial Artículo 12 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Dirección de Obra Social del Estado Provincial San Luis
Artículo 12.

Todos los aportes enunciados en los Incisos del Artículo 11 serán efectivizados a D.O.S.E.P. en forma mensual, en los porcentajes que en cada caso se especifica, tomando como base la retribución prevista para la asignación de la categoría de revista y todos aquellos adicionales que sean pasibles de descuentos previsionales. Los aportes de los afiliados indirectos sin relación de dependencia, tendrán como base los ingresos que declaren percibir. A los fines del sostenimiento sustentable de D.O.S.E.P., ningún titular beneficiario podrá efectuar un aporte mensual menor al que realice el empleado del Estado Provincial de menor categoría establecida, en caso de no cubrir los montos fijados en el Artículo 11, deberá compensar el saldo deudor mediante pago directo o aporte complementario a D.O.S.E.P., el que será a cargo de las Municipalidades cuando actúe como patronal o contratante.-

Provincia de San Luis Artículo 12 Dirección de Obra Social del Estado Provincial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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