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De promoción económica Artículo 18 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

De promoción económica La Pampa
Artículo 18.

Serán causales de caducidad de los beneficios otorgados, las siguientes:

1) La actividad no se inicie o no se concreta su puesta en marcha en los plazos establecidos en el proyecto;

2) La actividad que trata el proyecto se paraliza por el lapso de tres (3) meses consecutivos, o por un (1) año para las actividades estacionales, sin la justificación pertinente, según lo establezca la reglamentación;

3) La beneficiaria incumpliera con la devolución de los préstamos o créditos en el tiempo y forma acordados;

4) No se renovaran las garantías acordadas en los plazos que se establezcan, cuando así sea exigido según lo establezca la reglamentación;

5) En los casos que se incumpliera con las obligaciones asumidas al concederse los beneficios previstos en la presente; y 6) En los demás casos que la reglamentación determine que se han infringido, de manera grave, las obligaciones establecidas en la presente Ley.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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