Creación del Programa de Urbanización y Regularización Dominial de Barrios Populares (Creación del Programa de Urbanización y Regularización Dominial de Barrios Populares) Provincia de Córdoba
Creación del Programa de Urbanización y Regularización Dominial de Barrios Populares Provincia de Córdoba
- CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 1. La presente Ley tiene como objeto contribuir a la mejora de la calidad de...
- Artículo 2. Para el cumplimiento de sus objetivos específicos se establecen y definen los...
- Artículo 3. Su implementación y ejecución se realizará en forma progresiva, priorizando y...
- Artículo 4. Los programas que se crean están destinados a urbanizaciones, loteos o...
- CAPÍTULO II PROGRAMAS
SECCIÓN I PROGRAMA DE URBANIZACIÓN Y REGULARIZACIÓN DOMINIAL DE BARRIOS POPULARES - Artículo 5. Créase el "Programa de Urbanización y Regularización Dominial de Barrios...
- Artículo 6. Las acciones que se desarrollen en cumplimiento del "Programa de Urbanización...
- SECCIÓN II PLAN LO TENGO SOCIAL
- Artículo 7. Créase el "Plan Lo Tengo Social" cuyo objetivo es dar solución a la...
- Artículo 8. Las acciones que se desarrollen en cumplimiento del "Plan Lo Tengo Social"...
- CAPÍTULO III AUTORIDAD DE APLICACIÓN
- Artículo 9. El Poder Ejecutivo Provincial determinará la Autoridad de Aplicación de la...
- Artículo 10. La Autoridad de Aplicación tiene, entre otras, las siguientes atribuciones:...
- CAPÍTULO IV DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
- Artículo 11. Otórgase la autorización establecida en el tercer párrafo del artículo 3º de...
- Artículo 12. Los trámites comprendidos en esta Ley están eximidos del pago de todo tipo de...
- Artículo 13. Establécese que cuando se utilice como base de cálculo la valuación fiscal o...
- Artículo 14. Facúltase a la Dirección General de Catastro a dictar normas especiales para...
- Artículo 15. Créase la "Comisión de Seguimiento del Programa de Urbanización y...
- CAPÍTULO V CONTRATACIONES CON ORGANIZACIONES DE LA ECONOMÍA POPULAR
- Artículo 16. La Autoridad de Aplicación está facultada para adjudicar y contratar obras a...
- Artículo 17. Las contrataciones efectuadas en los términos del artículo 15 de esta Ley...
- CAPÍTULO VI MODIFICACIÓN LEYES Nº 9811 Y 10362
- Artículo 18. Modifícase el artículo 1º de la Ley Nº 9811, el que queda redactado de la...
- Artículo 19. Modifícase el inciso b) del artículo 2º de la Ley Nº 9811, el que queda...
- Artículo 20. Modifícase el artículo 9º de la Ley Nº 9811, el que queda redactado de la...
- Artículo 21. Modifícase el artículo 1º de la Ley Nº 10362, el que queda redactado de la...
- Artículo 22. Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
Otras regulaciones
Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación inmuebles Registro General Aprobación del Decreto Provincial Nº 894/2019 Faculta al Poder Ejecutivo Provincial, durante la vigencia de la Ley de Emergencia Sanitaria 10690 Modificación del radio comunal de la localidad de Ranqueles, ubicado en el Departamento General RocaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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