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Creación del Programa de Urbanización y Regularización Dominial de Barrios Populares Artículo 21 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Creación del Programa de Urbanización y Regularización Dominial de Barrios Populares Córdoba
Artículo 21.

Modifícase el artículo 1º de la Ley Nº 10362, el que queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 1º.- Ámbito. Quedan comprendidos en la presente Ley las urbanizaciones y fraccionamientos de tierra:

a) Que se realicen en el marco del "Programa LOTENGO";

b) Que sean promovidas por el Estado Provincial o por los estados municipales o comunales y que tengan como finalidad la construcción de viviendas unifamiliares para uso exclusivo y permanente del grupo familiar;

c) En los que se construyeron viviendas sociales por intermedio de la Dirección Provincial de Vivienda a través de los distintos planes;

d) En los que se construyeron viviendas sociales promovidas por las municipalidades o comunas de la Provincia de Córdoba mediante planes propios, y e) Que se realicen en el marco del "Programa de Urbanización y Regularización Dominial de Barrios Populares" y el "Plan Lo Tengo Social."

Provincia de Córdoba Artículo 21 Creación del Programa de Urbanización y Regularización Dominial de Barrios Populares
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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