Creación de la Oficina de Conciliación Civil y Comercial Artículo 23 Provincia de Mendoza
Creación de la Oficina de Conciliación Civil y Comercial Mendoza
Artículo 23.
Serán notificados en su domicilio por cédula u otro medio fehaciente: 1. El requerido, cuando no se haya presentado conjuntamente con el requirente a solicitar la apertura del procedimiento de conciliación y los terceros en todos los casos, hasta que constituyan domicilio electrónico, y 2. Las personas a las que no fuera posible notificar electrónicamente.
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Registro nacional de las personas Nacional Artículo 27. Creación del Premio Solidaridad Pampeana La Pampa Artículo 6. Juicio Por Jurados Catamarca Artículo 75. Regreso a sala de instancias del jurado Ley Impositiva Anual para el Ejercicio 2023 San Luis Artículo 37. Régimen jurídico de la seguridad eléctrica Catamarca Artículo 1. OBJETOPublique la información de sí mismo
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