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Código de Procedimiento Tributario Municipal Unificado Artículo 81 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código de Procedimiento Tributario Municipal Unificado Córdoba
Artículo 81. Enumeración

El contribuyente o responsable, presunto infractor, tiene derecho a: a) Ser informado y asistido por el Organismo Fiscal acerca del contenido y alcance de sus obligaciones tributarias; b) Que le sea respetado el derecho de defensa y el debido proceso adjetivo en la sustanciación y resolución de cualquier reclamo o petición que interponga; c) Conocer el estado de la tramitación y el motivo de los procedimientos en los que sea parte; d) Conocer la identidad de las autoridades y personas al servicio del Organismo Fiscal, así como también los actos que los han designado en sus cargos, bajo cuya responsabilidad se tramitan los procedimientos de gestión tributaria en los que tenga la condición de interesado; e) Solicitar, en su caso con costos a su cargo, certificación y copia de las declaraciones, documentación y escritos que presenten ante la municipalidad; f) Acceder sin restricciones a las normas municipales y a obtener copias de ellas sin dilaciones, a su costa; g) Que las actuaciones tributarias del Organismo Fiscal que requieran su intervención, se lleven a cabo en la forma que resulte menos gravosa; h) Formular alegaciones y aportar documentos en cualquier estado del proceso hasta la clausura del período probatorio y que sean tenidos en cuenta por los órganos competentes al redactar la correspondiente resolución; i) Ser informado, al inicio de las actuaciones de comprobación e investigación llevadas a cabo por el Organismo Fiscal, acerca de las mismas, así como de sus derechos y obligaciones en el curso de tales actuaciones y a que éstas se desarrollen en los plazos previstos por las normas respectivas; j) La publicidad de los dictámenes o criterios administrativos; k) A tomar de vista de todas las actuaciones referidas a su parte, sin necesidad de resolución expresa al respecto y a que se le extiendan copias a su cargo, suspendiéndose los plazos que estuvieren corriendo mientras dure la toma de vista, salvo mala fe o actitudes dilatorias del contribuyente o responsable, y l) A que no se prolongue innecesariamente el procedimiento conducente al dictado de una resolución, ya sea con motivo de actuaciones iniciadas por el Organismo Fiscal o por el contribuyente o responsable, y a no soportar las consecuencias de una dilación o demora injustificada en el dictado de una resolución.



Provincia de Córdoba Artículo 81 Código de Procedimiento Tributario Municipal Unificado
Artículo 1 ...79 80 81 82 83 ...180

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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