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Código Contencioso Administrativo Artículo 63 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Contencioso Administrativo Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 63. Reglas específicas

El proceso sumario se regirá por las reglas del proeso ordinario, con las siguientes modificaciones: a) Se correrá traslado de la demanda o de la reconvención con citación y emplazamiento por quince (15) días;

b) de la documental acompañada con la contestación de la demanda o reconvención en su caso, no se correrá nuevo traslado; c) las excepciones previas deberán interponerse dentro del plazo para contestar la demanda y de ellas se correrá traslado por cinco (5) días;

d) el plazo de prueba será de diez (10) días;

e) contestada la demanda ola reconvención, o vencido el plazo para hacerlo, o contestada las excepciones o defensas, o vencido el plazo para su contestación, se agregarán las pruebas y se llamarán los autos para sentencia, en los supuestos del inciso a) del artículo 61, o se decretará la apertura de la causa a prueba en los supuestos de los incisos b) y c) del mismo artículo; f) la sentenciadeberá pronunciarse en el plazo de treinta (30) fdías, y resolverá todas las cuestiones, inclusive las excepciones previas.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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