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Transferir y escriturar a título de donación, una fracción de terreno a favor de la Municipalidad de Artículo 1 Provincia de Entre Ríos


Transferir y escriturar a título de donación, una fracción de terreno a favor de la Municipalidad de San Gustavo Entre Ríos
Artículo 1.

Autorízase al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a transferir y escriturar a título de donación, a favor de la Municipalidad de San Gustavo, Departamento La Paz, Distrito Estaca, Villa San Gustavo, una fracción de terreno ubicado en calle Gualeguaychú esquina Salta, de una superficie de una hectárea (1 ha) setenta y seis áreas (76as), localizado en la zona urbana del municipio, correspondiente a la Matricula Nº 107.696, Manzanas N°411 y 416, D.U.L.A., donado por un particular a la Comuna de San Gustavo en el año 1988, escriturado a nombre del Superior Gobierno de la Provincia, que será destinado a la construcción de diez (10) viviendas, por el Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de la Provincia, a favor de familias afectadas por las inundaciones sufridas en el mes de abril próximo pasado del corriente.



Provincia de Entre Ríos Artículo 1 Se autoriza al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a transferir y escriturar a título de donación, una fracción de terreno a favor de la Municipalidad de San Gustavo
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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