< Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos Niñas, Niños y Adolescentes

Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos Niñas, Niños y Adolescentesv Artículo 73 Provincia del Chaco


Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos Niñas, Niños y Adolescentes Chaco
Artículo 73. FORMAS DE CESACION

En los supuestos previstos por los incisos a), c) y d) del artículo anterior, el cese será dispuesto por la Cámara de Diputados. En el caso del inciso c), la incapacidad sobreviniente deberá acreditarse de modo fehaciente. En los supuestos previstos por el inciso e) del mismo artículo, el cese se decidirá, previa investigación de la comisión especial referida en el artículo 60 de la presente ley, en sesión pública en la que se le garantizará el derecho de defensa con debate y audiencia del interesado, por el voto de los dos tercios (2/3) de la Cámara de Diputados.

En caso de muerte del Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños, Adolescentes se procederá a reemplazarlo en forma provisoria según el procedimiento establecido en el artículo siguiente, promoviéndose en el más breve plazo la designación del titular en la forma establecida en el artículo 60 de la presente.



Provincia del Chaco Artículo 73 Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo 1 ...71 72 73 74 75 ...101
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse