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Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos Niñas, Niños y Adolescentesv Artículo 35 Provincia del Chaco


Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos Niñas, Niños y Adolescentes Chaco
Artículo 35. EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO

Recibida la denuncia, el personal administrativo del órgano administrativo de protección confeccionará una ficha de datos personales, cuyo registro estará a cargo de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia.

La ficha de datos personales conformará el expediente que será individualizado por un número y las iniciales de los nombres de la niña, niño o adolescente, de modo tal de preservar su identidad y privacidad. Los datos registrados en soporte papel o digital son reservados y confidenciales, salvo para las partes y sus letrados quienes podrán solicitar vista de los mismos.

Son partes esenciales en el expediente administrativo:

a) La niña, niño o adolescente sujeto de la medida de protección.

b) Quienes ejerzan la función parental, tutor, guardador o quien tenga a la niña, niño o adolescente bajo su cuidado.

Sin perjuicio de lo anterior, podrán intervenir otras personas que invoquen un derecho subjetivo o interés familiar legítimo. Tal intervención será evaluada en cada caso concreto por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia o, en su caso, por la Delegación Regional competente.



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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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