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Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos Niñas, Niños y Adolescentesv Artículo 19 Provincia del Chaco


Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos Niñas, Niños y Adolescentes Chaco
Artículo 19. FORMA DE DESIGNACION

Los representantes que conforman el Consejo Provincial de Niñez, Adolescencia y Familia, serán designados de la siguiente manera:

a) Los representantes de las ocho Regiones serán designados por los respectivos Consejos Regionales de Representantes Locales previstos en la presente ley.

b) Los representantes ministeriales serán sus titulares o en su defecto se podrán delegar su participación en funcionarios con rango no inferior a Subsecretario.

c) Los representantes del Poder Legislativo serán designados por resolución del Cuerpo.

d) Los representantes de organizaciones de la sociedad civil, debidamente registradas serán electos en una asamblea convocada al efecto por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, debiendo elegirse uno de Región Metropolitana y el otro de las Regiones del interior provincial.

Para la elección de los representantes, en todos los casos, se priorizará la formación, experiencia y trayectoria en materia de infancia, derechos de la niñez y la familia.



Provincia del Chaco Artículo 19 Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos Niñas, Niños y Adolescentes
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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