Se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia, el inmueble ubicado en la localidad de Tama, en el departamento Ángel Vicente Peñaloza (Se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia, el inmueble ubicado en la locali) Provincia de La Rioja
Se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia, el inmueble ubicado en la localidad de Tama, en el departamento Ángel Vicente Peñaloza Provincia de La Rioja
- Artículo 1. Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia, el...
- Artículo 2. El inmueble expropiado será destinado a la construcción del "Centro...
- Artículo 3. Las medidas, linderos y superficie definitivas del inmueble,...
- Artículo 4. El monto indemnizable del inmueble surgirá de la valuación que el mismo...
- Artículo 5. Los gastos que demande la aplicación de la presente ley, serán tomados de...
- Artículo 6. Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese
Otras regulaciones
Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia un inmueble ubicado en el departamento Capital Salud Pública. Coronavirus. Implementación del uso de barbijos o protectores faciales transparentes en los diferentes lugares Regulación del cupo y participación femenina o de identidad de género autopercibido de artistas musicales Poder judicial. Creación de un cargo de Juez de Instrucción Prórroga de la suspensión de los plazos de ejecuciones hipotecarias de vivienda única y familiarMejores juristas
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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