< Regulación de aspectos relativos a la comercialización de cigarrillos, cigarritos, puros, tabaco para armar y tabaco en hebras o picado

Regulación de aspectos relativos a la comercialización de cigarrillos, cigarritos, puros, tabaco par Artículo 5 Provincia de Salta


Regulación de aspectos relativos a la comercialización de cigarrillos, cigarritos, puros, tabaco para armar y tabaco en hebras o picado Salta
Artículo 5. MANUFACTURA DE TABACO

Quienes realicen manufactura de producción de tabaco picado o en hebras deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Inscribirse en la Dirección General de Rentas y declarar justo título de la maquinaria utilizada en la línea de producción de este producto. En el supuesto de maquinaria importada deberá presentar certificado de importación emitido por AFIP - Aduana.

b) Llevar libros rubricados de manufactura cuyo modelo oficial determinará la autoridad de aplicación, debiendo llevar registro de las cuentas de asientos diarios de movimientos de ingreso de lámina, scrap en proceso y palo, al primario de tabaco y su respectiva salida.

c) Informar, dentro de los primeros siete (7) días hábiles, el stock y traslado de volúmenes de producto terminado, como así también las ventas de tabaco hebrado o picado indicando volúmenes y CUIT del comprador. En el caso del tabaco picado o hebrado trasladado, se deberá informar datos del comprador una vez efectuada la venta.



Provincia de Salta Artículo 5 Regulación de aspectos relativos a la comercialización de cigarrillos, cigarritos, puros, tabaco para armar y tabaco en hebras o picado. Modificación del Código Fiscal
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




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