Reglamentación del Régimen Legal Tecnicatura Superior en Emergentología Artículo 8 Provincia de Mendoza
Reglamentación del Régimen Legal Tecnicatura Superior en Emergentología Mendoza
Artículo 8. PROHIBICIONES
Le está prohibido al Técnico Superior en Emergentología:
a. Someter a las personas a procedimientos o técnicas que entrañen peligro para la salud.
b. Realizar, propiciar, inducir o colaborar directa o indirectamente en prácticas que signifiquen menoscabo de la dignidad humana.
c. Delegar en personal no habilitado facultades, funciones o atribuciones privadas de su profesión o actividad.
d. Divulgar información, difundir imágenes o contenidos por cualquier medio derivados del ejercicio de la profesión en aras de salvaguardar la integridad y salud de la persona conforme a los lineamientos de las Leyes Nº 25.326 y Nº 26.529 o induzcan a engaño al público.
e. Generar falsa alarma sobre eventos en los que participe directa o indirectamente.
Provincia de Mendoza Artículo 8 Reglamentación del Régimen Legal Tecnicatura Superior en Emergentología
Mejores juristas
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: cav-rgl@jussantacruz.gob.ar, 0297-4851694 int 113, email cav-co@jussantacruz.gob.ar ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email cav-pd@jussantacruz.gob.ar (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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