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Registro nacional de las personas Artículo 14 Nacional


Registro nacional de las personas Nacional
Artículo 14.

El documento nacional de identidad deberá ser conservado en perfectas condiciones y no podrá ser retenido a su titular, salvo en los siguientes casos:

a) Por la autoridad ante quien se exhibe, cuando apareciese ilegítimamente poseído, debiendo aquélla remitir el documento al Registro Nacional de las Personas, con el informe correspondiente;

b) Por el tribunal de la causa, con respecto a los procesados privados de libertad y en cuanto fuere necesario para prevenir la violación de las leyes vigentes;

c) Por las autoridades militares con respecto a aquellos ciudadanos que se incorporen a sus respectivas fuerzas en cumplimiento de la ley para el servicio de conscripción y por el tiempo que dure el mismo;

d) Las autoridades de los asilos y hospicios públicos, cuando se tratare de incapaces, carentes de representante legal o de personas recluidas en aquéllos;

e) Por los representantes legales de los incapaces.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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