< Regimen del personal del servicio penitenciario bonaerense

Regimen del personal del servicio penitenciario bonaerense Artículo 141 Provincia de Buenos Aires


Regimen del personal del servicio penitenciario bonaerense Buenos Aires
Artículo 141.

El personal subalterno, que por imposición de la presente ley deba prolongar su carrera de veinticinco (25) a treinta (30) años y que a la fecha de su sanción compute veinticinco (25) años de servicio, podrá optar por el retiro ordinario. En idéntica situación el personal subalterno que a esa fecha computare veinticuatro (24), veintitrés (23), veintidós (22) y veintiún (21) años de servicio, podrá optar por el retiro ordinario al reunir veintiséis (26), veintisiete (27), veintiocho (28) o veintinueve (29) años, respectivamente, de servicios, computables en los términos de la Ley de Retiros, Jubilaciones y Pensiones para el Personal de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.



Provincia de Buenos Aires Artículo 141 Regimen del personal del servicio penitenciario bonaerense
Artículo 1 ...139 140 141 142 143 ...145
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse