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Regimen del personal del servicio penitenciario bonaerense Artículo 11 Provincia de Buenos Aires


Regimen del personal del servicio penitenciario bonaerense Buenos Aires
Artículo 11.

El personal de carrera del Servicio Penitenciario se distribuirá de acuerdo a sus condiciones y méritos en los siguientes escalafones:

- I. ESCALAFON CUERPO GENERAL A. Personal Superior:

Este personal desempeña funciones de:

a) Conducción, organización, supervisión y ejecución de las áreas de seguridad.

b) Técnica Penitenciaria.

c) Tratamiento de los internos.

d) Todas las relacionadas con inteligencia y comunicaciones de la Institución.

e) Toda aquélla que no sea específica de otro escalafón.

Los agentes que sean designados para ocupar las jefaturas de las Subunidades, Unidades, Departamentos, Subdirectores y Directores de organismos de conducción de la Institución, deberán poseer, además, de los requisitos y recaudos establecidos en la presente Ley, título universitario de carrera a fin a las mencionadas funciones.

B. Personal Subalterno:

Este personal desempeña funciones ejecutivas y subordinadas propias del personal comprendido en el Escalafón Cuerpo General. Los agentes que cuenten con título secundario o equivalente tendrán acceso a la capacitación superior siempre que reúnan los demás requisitos de admisibilidad.

II. ESCALAFON PROFESIONAL Y TECNICO A. Personal superior:

Este personal desempeña funciones profesionales, científicas, asistenciales y de asesoramiento técnico para las que se requieren título habilitante universitario o de nivel terciario oficial.

B. Personal subalterno:

Este personal desempeña funciones ejecutivas y subordinadas propias del personal comprendido en el Escalafón Profesional y Técnico.

El Escalafón Profesional y Técnico se subdividirá en Subsecalones, cuya determinación y ordenamiento se establecerá en la Reglamentación.

III. ESCALAFON ADMINISTRATIVO A. Personal superior:

Desempeña funciones especializadas en el orden administrativo.

B. Personal Subalterno:

Este personal desempeña funciones ejecutivas y subordinadas propias del personal comprendido en el Escalafón Administrativo.

IV. ESCALAFON AUXILIAR Personal subalterno:

Desempeña funciones de maestranza y servicios auxiliares.

El Escalafón Auxiliar se subdividirá en subescalafones cuya determinación y ordenamiento se establecerá en la reglamentación.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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