< Régimen arancelario para los servicios profesionales en Ciencias Económicas por su actividad judicial

Régimen arancelario para los servicios profesionales en Ciencias Económicas por su actividad judicia Artículo 6 Provincia del Chubut


Régimen arancelario para los servicios profesionales en Ciencias Económicas por su actividad judicial Chubut
Artículo 6. RÉGIMEN DE APLICACIÓN

La actividad judicial de los Profesionales en Ciencias Económicas como auxiliares de la justicia se presume siempre onerosa de acuerdo a lo establecido por los artículos 1627 y 1628 del Código Civil.

Los honorarios en materia judicial serán regulados según las disposiciones de la presente ley, las que revestirán el carácter de Orden Público. Los honorarios así regulados generarán privilegio de primer orden a favor del profesional, comportando los mismos el carácter de alimentarios.



Provincia del Chubut Artículo 6 Régimen arancelario para los servicios profesionales en Ciencias Económicas por su actividad judicial
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




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