< Prorroga la vigencia de la Ley Nº 4990 estado de emergencia del Servicio Penitenciario Provincial

Prorroga la vigencia de la Ley Nº 4990 estado de emergencia del Servicio Penitenciario Provincial Artículo 1 Provincia de Río Negro


Prorroga la vigencia de la Ley Nº 4990 estado de emergencia del Servicio Penitenciario Provincial Río Negro
Artículo 1.

Prorrogar desde su vencimiento y hasta el día 30 de Mayo de 2.016, la vigencia de laLey Nº 4990, que declara el estado de Emergencia del Servicio Penitenciario Provincial.



Provincia de Río Negro Artículo 1 Prorroga desde su vencimiento y hasta el día 30 de mayo de 2016 la vigencia de la Ley Nº 4990 estado de emergencia del Servicio Penitenciario Provincial
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




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