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Procedimiento para la realización de Audiencias Públicas Legislativas de carácter técnico Artículo 9 Provincia del Chubut


Procedimiento para la realización de Audiencias Públicas Legislativas de carácter técnico Chubut
Artículo 9. Forma

La convocatoria se efectuará con una antelación no inferior a los quince (15) días corridos respecto de la fecha fijada para su realización, contendrá el objeto del llamado, la fecha y lugar de realización y de inscripción. Este plazo podrá reducirse sólo cuando la Honorable Legislatura, mediante decisión fundada, considerara que la urgencia del asunto objeto de la convocatoria así lo exige, el que nunca podrá ser menor a ocho (8) días. Se publicará en el Boletín Oficial, en dos medios de difusión de mayor circulación y en un medio correspondiente a la zona donde el proyecto pudiera tener sus efectos por el plazo de tres (3) días. La convocatoria deberá consignar:

a) Autoridad convocante.

b) Una relación de su objeto c) Día, lugar y hora de celebración de la audiencia.

d) Dependencia pública donde se podrá tomar vista del expediente, inscribirse para ser participante de la audiencia, presentar documentación y efectuar las consultas pertinentes.

e) Plazo para la inscripción de los participantes.

f ) Autoridades de la Audiencia Pública Legislativa de Carácter Técnico.



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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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