Prevención de Incendios Forestales y Rurales Artículo 1 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Prevención de Incendios Forestales y Rurales Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 1.
La presente Ley tiene por objeto:
a) establecer las acciones, normas y procedimientos para la prevención de incendios forestales y rurales en el ámbito del territorio de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; y b) propiciar, promover programas y acciones destinados a la prevención de incendios forestales y rurales.
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 1 Prevención de Incendios Forestales y Rurales
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: cav-rgl@jussantacruz.gob.ar, 0297-4851694 int 113, email cav-co@jussantacruz.gob.ar ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email cav-pd@jussantacruz.gob.ar (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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