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Presupuesto Provincial para el Ejercicio 2017 Artículo 80 Provincia de Mendoza


Presupuesto Provincial para el Ejercicio 2017 Mendoza
Artículo 80. Modificación del Artículo Nº de la Ley N° 8.706

Incorpórese al Artículo 5° de la Ley N° 8.706 los siguientes conceptos:

g) Cuentas Especiales: entidades que se crean por imperio de la Ley, sin personal a cargo y con una finalidad específica, alcanzada la cual esta organización desaparece. Estos entes se clasificarán presupuestariamente como de Carácter 3 - Cuentas Especiales.

h) Fondos Fiduciarios: Son fondos provinciales que se registran presupuestariamente en la Administración Provincial como inversiones fiduciarias o a través de entes públicos pertenecientes a la Administración Provincial y cuyo funcionamiento es como una Cuenta Especial financiándose con recursos del Tesoro Provincial.

i) Otros Entes Estatales: Son entes públicos, normalizadores y otras empresas y sociedades en los cuales la Provincia no realiza remesas o tiene participación accionaria mayoritaria en su capital. No formarán parte de estos entes aquellos en los que el estado provincial realiza contribuciones que se registran como erogaciones corrientes.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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