< Presupuesto General de la Administración Pública Provincial Ejercicio 2023

Presupuesto General de la Administración Pública Provincial Ejercicio 2023 Artículo 5 Provincia de Salta


Presupuesto General de la Administración Pública Provincial Ejercicio 2023 Salta
Artículo 5.

Estímase en la suma de Pesos Veintiséis Mil Seiscientos Siete Millones Ochocientos Ochenta y Ocho Mil Seiscientos Diecisiete ($ 26.607.888.617) o su equivalente en moneda extranjera, el importe correspondiente a las Fuentes Financieras que dispondrá la Administración Provincial en el Ejercicio 2.023, según detalle obrante en Planillas Anexas de la presente Ley.Facúltase al Poder Ejecutivo para realizar las gestiones tendientes a materializar los endeudamientos contemplados en la presente Ley y/o a los que en el futuro pueda acceder con el Sector Público Nacional, cumpliendo las disposiciones establecidas por la Ley Nacional 25.917 y su modificatoria 27.428 referidas al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno, como así también, para convenir con dicho Sector el otorgamiento de fondos a cuenta de recursos a percibir.

En función del carácter de la entidad que otorgue el endeudamiento, deberá efectuarse la reestructuración pertinente dentro del rubro Fuentes Financieras del Presupuesto Ejercicio 2.023.

Facúltase al Poder Ejecutivo a garantizar los préstamos y/o la financiación que obtenga y/o habilite en virtud de las disposiciones contenidas en la presente Ley, como así también a atender los servicios de la deuda de las operaciones que realice, afectando los ingresos de Coparticipación Federal de Impuestos, regalías y/u otros recursos, derechos o bienes.

El monto establecido en el artículo 67 de la Ley de Contabilidad no podrá superar el cinco por ciento (5%) de los ingresos corrientes anuales, y los compromisos que se asuman deberán formalizarse a un plazo que no exceda los trescientos sesenta y cinco (365) días desde su fecha de toma o colocación.

No se considera al efecto de este límite el uso de financiamiento sin costo al que accede el Tesoro Provincial, en función de la normativa existente.

Provincia de Salta Artículo 5 Presupuesto General de la Administración Pública Provincial Ejercicio 2023
Artículo 1 ...3 4 5 6 7 ...50
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse