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Organización y funcionamiento de la Administración Financiera del sector público provincial Artículo 50 Provincia del Chaco


Organización y funcionamiento de la Administración Financiera del sector público provincial Chaco
Artículo 50.

La prórroga del presupuesto del ejercicio financiero anterior no alcanza a las siguientes cuentas, salvo que ello resultara indispensable para dar cumplimiento a las disposiciones del artículo siguiente:

A. De erogaciones.

a) Las autorizadas por única vez o que correspondan a trabajos, servicios, obras o acciones ya ejecutados y no susceptibles de repetición o reiteración.

b) Las financiadas con recursos específicamente afectados no repetitivos.

B. De recursos y financiamiento.

a) Las que no puedan ser recaudadas o ingresadas nuevamente.

b) Los fondos provenientes del uso del crédito legalmente autorizado, por la cuantía en que ya hayan ingresado anteriormente.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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