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Organización y funcionamiento de la Administración Financiera del sector público provincial Artículo 44 Provincia del Chaco


Organización y funcionamiento de la Administración Financiera del sector público provincial Chaco
Artículo 44.

Con base en el anteproyecto integral confeccionado por el órgano rector del Sistema Presupuestario el Poder Ejecutivo aprobará el proyecto de Ley de presupuesto de la Administración Pública Provincial para el próximo ejercicio financiero y dispondrá su remisión a la Cámara de Diputados antes del 30 de setiembre, juntamente con una copia de los proyectos sectoriales recibidos del Poder Legislativo, del Poder Judicial y del Tribunal de Cuentas.

El referido proyecto de Ley configura lo que el inciso 8) del artículo 141 de la Constitución Provincial 1957-1994 denomina "Proyecto de Ley de Presupuesto General y Plan de Recursos".

Si el proyecto que el Poder Ejecutivo remita a la Cámara de Diputados contiene para el Poder Legislativo, el Poder Judicial o el Tribunal de Cuentas propuestas alternativas diferentes a los anteproyectos sectoriales recibidos de tales organismos, deberá remitir simultáneamente a los mismos una copia de la respectiva propuesta alternativa.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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