Obligaciones Tributarias para el Ejercicio 2026 Artículo 24 Provincia del Chubut
Obligaciones Tributarias para el Ejercicio 2026 Chubut
Artículo 24.
Fíjase la alícuota del 7,5% (SIETE COMA CINCO POR CIENTO) para las actividades que se indican a continuación:1. Servicios inmobiliarios realizados a cambio de una comisión.
tabla.
2. Actividad de intermediación de servicios empresariales.
tabla.
(*) Toda actividad de intermediación que se ejerza percibiendo comisiones, bonificaciones, porcentajes y otras retribuciones análogas tales como intermediación en la compraventa de bienes inmuebles en forma pública o privada, y otros servicios inmobiliarios realizados a cambio de una retribución o por contrata.
Se incluye en este inciso la compra, venta, alquiler, remate, tasación, administración de bienes, etc. y la actividad de administradores, martilleros, rematadores, comisionistas, etc.
(**) Toda actividad de intermediación, relacionada con servicios empresariales, que se ejerza percibiendo comisiones, bonificaciones, porcentajes y otras retribuciones análogas.
Provincia del Chubut Artículo 24 Obligaciones Tributarias para el Ejercicio 2026
Mejores juristas
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: cav-rgl@jussantacruz.gob.ar, 0297-4851694 int 113, email cav-co@jussantacruz.gob.ar ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email cav-pd@jussantacruz.gob.ar (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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