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Modificacion de Leyes Impositivas Artículo 108 Nacional


Modificacion de Leyes Impositivas Nacional
Artículo 108.

Incorpórase a continuación del artículo sin número agregado a continuación del artículo 21 de la Ley de Impuestos Internos, texto sustituido por la ley 24.674 y sus modificaciones, el siguiente:

"ARTÍCULO ...- Las importaciones de las mercaderías que se indican a continuación se autorizarán exclusivamente a los sujetos que se encuentren inscriptos ante la Administración Federal de Ingresos Públicos en el impuesto de esta ley y que posean declarada ante dicho organismo la actividad comprendida en el código 120091 "Elaboración de cigarrillos" y/o la comprendida en el código 120099 "Elaboración de productos de tabaco NCP" del "Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) - Formulario N° 883" aprobado por el artículo 1° de la resolución general 3537 del 30 de octubre de 2013 de la Administración Federal de Ingresos Públicos:

cuadro Esas importaciones también se autorizarán en aquellos casos en que, aun sin verificarse los requisitos indicados en el párrafo anterior, la Administración Federal de Ingresos Públicos lo estime procedente en función, a los elementos de prueba que presente el responsable acerca del destino de las mercaderías y bajo el procedimiento que establezca el organismo fiscal."

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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