< Ley Orgánica del Servicio Penitenciario

Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Artículo 97 Provincia de Santa Fe


Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Santa Fe
Artículo 97.

Los agentes separados por cesantía o exoneración que prueben que su separación fue a consecuencia de un error deben ser reincorporados, siempre que no hayan excedido la edad correspondiente a su grado En dicho caso pasan a situación de retiro, si están en condiciones de acogerse al beneficio.

Tienen también derecho a que se le restituyan los haberes no percibidos durante el lapso de la separación, así como el computo del tiempo a los efectos del retiro y, en su caso, del ascenso.



Provincia de Santa Fe Artículo 97 Ley Orgánica del Servicio Penitenciario
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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