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Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 144 Provincia de Jujuy


Ley Orgánica del Poder Judicial Jujuy
Artículo 144. FUNCIÓN Y RESPONSABILIDAD

El personal de la Oficialía de Justicia deberá ejecutar los mandamientos, citaciones, notificaciones y demás diligencias que le encomendaren los jueces y funcionarios en el plazo de 48 horas desde la recepción y hasta su devolución debidamente cumplimentada a la secretaría u oficina de procedencia.

El retardo en cada diligenciamiento hará pasible a los responsables de una multa de diez pesos con veinte centavos, sin perjuicio de su responsabilidad por los daños que causaren, salvo que mediare debida justificación que será fehacientemente acreditada.

Las notificaciones, vistas, citaciones y demás diligencias deberán ser realizadas en los domicilios que en cada caso se señalen, sin que por motivo alguno puedan efectuarse en otro lugar, aunque allí se encontrara el interesado.-(*) Artículo modificado por Ley Nº 4.088.-(Monto actualizado por Ac. STJ Nº 8/94).



Provincia de Jujuy Artículo 144 Ley Orgánica del Poder Judicial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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