< Ley orgánica del Poder Judicial

Ley orgánica del Poder Judicial Artículo 130 Provincia de Buenos Aires


Ley orgánica del Poder Judicial Buenos Aires
Artículo 130.

A los fines previstos en el artículo 62 de esta ley, los Subalcaldes de cuartel procederán a entregar en el término de treinta (30),bajo inventario y recibo, todas las actuaciones, libros y documentación relativos a las causas en que entiendan, al Juez de Paz que ejerza jurisdicción en la localidad de asiento de la Subalcaldía. Recibidas las causas y documentación aludidas el Juez de Paz procederá a distribuirlas entre el Juzgado de que es titular y la Alcaldía de su distrito, respetando al efecto las respectivas competencias territoriales



Provincia de Buenos Aires Artículo 130 Ley orgánica del Poder Judicial
Artículo 1 ...128 129 130 131 132 ...134
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse