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Ley impositiva para el ejercicio fiscal 2026 Artículo 154 Provincia de Buenos Aires


Ley impositiva para el ejercicio fiscal 2026 Buenos Aires
Artículo 154.

Sustitúyese el artículo 180 de la Ley N° 14.880 y modificatoria, por el siguiente:

"ARTICULO 180. Encomendar a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires continuar con el impulso de la digitalización de aquellos trámites y procedimientos en los que intervenga.

En el marco de lo dispuesto en el párrafo anterior, la citada Agencia de Recaudación podrá exigir, con carácter general, sectorial o con relación a determinado grupo o categoría de sujetos, la presentación de escritos, descargos, recursos y demás documentos, en formato digital, y suscriptos con mediante firma digital o firma electrónica, de conformidad con lo que a tales efectos establezca la reglamentación.



Provincia de Buenos Aires Artículo 154 Ley impositiva para el ejercicio fiscal 2026
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.


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En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.


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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: cav-rgl@jussantacruz.gob.ar, 0297-4851694 int 113, email cav-co@jussantacruz.gob.ar ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email cav-pd@jussantacruz.gob.ar (puerto Deseado).


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Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.



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