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Ley Impositiva, Ejercicio Fiscal 2017 Artículo 80 Provincia de Buenos Aires


Ley Impositiva, Ejercicio Fiscal 2017 Buenos Aires
Artículo 80.

En las actuaciones judiciales que a continuación se indican deberán tributarse las siguientes tasas:

a) Árbitros y amigables componedores. En los juicios de árbitros y amigables componedores, cincuenta por ciento (50%) del porcentaje establecido en el artículo 79 de la presente.

b) Autorización a incapaces. En las autorizaciones a incapaces para adquirir o disponer de sus bienes, cuarenta y ocho pesos ......$48,00 c)Divorcio:

1) Cuando no hubiere patrimonio, o no se procediere a su disolución judicial, se tributará una tasa fija de doscientos setenta y cinco pesos ..........................$275,00 2) Cuando simultáneamente o con posterioridad al juicio, se procede a la disolución de la sociedad conyugal, tributará además, sobre el patrimonio de la misma, el diez por mil .........10 o/oo d) Oficios y exhortos. Los oficios de jurisdicción extraña a la Provincia y los exhortos, sesenta y tres pesos .................................$63,00 e) Insania. En los juicios de insania, cuando haya bienes se aplicará una tasa del diez por mil ................... 10 o/oo f) Registro Público de Comercio:

1) Por toda inscripción de matrícula, actos, contratos y autorizaciones para ejercer el comercio, ciento treinta y siete pesos $137,00 2) En toda gestión o certificación, veintiocho pesos ...........$28,00 3) Por cada libro de comercio que se rubrique, veintiocho pesos ..$28,00 4) Por cada certificación de firma y cada autenticación de copia de documentos públicos o privados, en los casos que corresponda según el inciso 9) del artículo 343 del Código Fiscal -Ley nº 10.397 (T.O. 2011) y modificatorias-, cincuenta y ocho pesos .......$58,00 g) Protocolizaciones. En los procesos de protocolizaciones, excepto de los testamentos, expedición de los testimonios y reposición de escrituras públicas, cuarenta y ocho pesos ........................................ $48,00 Esta tasa se abonará aún cuando se ordenara en el testamento, mandato, o en el especial de protocolización.

h) Rehabilitación de concursados. En los procesos de rehabilitación de concursados, sobre el importe del pasivo verificado en el concurso o quiebra, el tres por mil ....................3 o/oo i) Sucesorios. En los juicios sucesorios, el veintidós por mil ......22 o/oo j) Testimonio. Por cada foja fotomecanizada que se expida simple o certificada, dos pesos con sesenta centavos ..................................... $2,60 Todo oficio o resolución que ordene la expedición de fotocopias exentas de tasa de justicia, deberá estar legalmente fundado.

k) Justicia de Paz Letrada. En las actuaciones de competencia de la Justicia de Paz Letrada, se pagarán las tasas previstas en el presente Título.



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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




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